domingo, 18 de octubre de 2009

NUEVAS MEDIDAS PARA REDUCIR LOS ACCIDENTES LABORALES


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), por un lado, obligará a las empresas donde más siniestros ocurren a realizar planes especiales de mejora de las condiciones de trabajo para lograr reducirlos. Y, por otro lado, redefinió las responsabilidades de las empresas empleadoras y las aseguradoras en materia de prevención.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso nuevos ajustes en el funcionamiento de la ley de accidentes laborales. Por un lado, obligará a las empresas donde más siniestros ocurren a realizar planes especiales de mejora de las condiciones de trabajo para lograr reducirlos. Y, por otro lado, redefinió las responsabilidades de las empresas empleadoras y las aseguradoras en materia de prevención.

Con respecto a los planes especiales que buscan la reducción de los siniestros, deberán implementarlos aquellas empresas que tienen 50 o más trabajadores y registren índices de incidencia (cantidad de accidentes por trabajadores asegurados) que superen en más de un 10 por ciento el promedio registrado por las firmas de la misma actividad. Además, los planes serán una obligación para aquellas compañías en las que al menos un trabajador haya fallecido en un año por causas laborales. Cabe destacar que, según el Superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, el 40 por ciento de los accidentes laborales se produce en tan sólo el uno por ciento de las empresas.

Por otra parte, la SRT estableció a través de la resolución 463 que, para la contratación de pólizas de seguro, las ART deberán evaluar, antes de los 90 días hábiles a la firma de un contrato, la “verosimilitud” de los datos que le haya informado la empresa acerca de los factores de riesgo existentes en los lugares de trabajo.

Las exigencias de información y verificación rigen para empresas con más de cinco trabajadores, aunque se pueden expandir a firmas más pequeñas si en el lugar de trabajo existe algún elemento de “riesgo higiénico”, como una sustancia cancerígena.

A su vez, la SRT dictaminó que la empresa, una vez reconocida la presencia de situaciones de riesgo, deberá indicar los plazos en que prevé regularizarse para cumplir con las normas de prevención.

Fuente: http://www.elsalario.com.ar

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