miércoles, 29 de abril de 2009

28 de Abril - DIA MUNDIAL de la SALUD y SEGURIDAD en el TRABAJO

En 2003, la OIT comenzó a celebrar un Día Mundial para hacer hincapié en la prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, aprovechando sus puntos tradicionalmente fuertes como son el tripartismo y el diálogo social. El 28 de abril es además un día que el movimiento sindical mundial asocia desde hace años con la conmemoración de las víctimas de accidentes y enfermedades profesionales.

domingo, 26 de abril de 2009

COMIDA Y TRABAJO

Menús saludables en el trabajo

Una nutrición inadecuada se asocia directamente a mayores problemas de salud y a un menor rendimiento, tanto en el ámbito doméstico como en el laboral.

Según estudios, la productividad de quien está mal nutrido puede reducirse hasta un 20%. Esa merma de rendimiento, así como el mayor riesgo de contraer enfermedades evitables, podría prevenirse mediante el desarrollo de campañas educativas y de prevención.
Dado que una tercera parte del día, como mínimo, está dedicada a trabajar, el lugar de trabajo es, o más bien debería ser, el más propicio para llevar a buen término la teoría y práctica de una alimentación saludable, de la misma forma que se va implementando ya en centros y comedores escolares.

La jornada laboral está estructurada en torno a los refrigerios y las comidas: el descanso para el café, la hora del almuerzo y la merienda. Estos momentos brindan la oportunidad a la empresa para facilitar a los trabajadores el acceso a una comida sana.
Sin embargo, la oferta actual con la que se encuentran la mayoría de trabajadores se halla muy alejada del significado de una alimentación saludable, lo que explica que los trabajadores tengan dificultades para lograr el equilibrio nutricional diario necesario.

Asimismo, se aprecia una tendencia hacia la reducción del tiempo destinado a las comidas en el trabajo. Para ajustarse lo máximo posible a estos horarios, los trabajadores se ven obligados a acudir a restaurantes que les garantizan ‘comer rápido’, pero que, a menudo, también representan las opciones menos convenientes para mantener una dieta sana y equilibrada.
Una gran parte de trabajadores opta por el menú del día que ofrecen bares y restaurantes, aunque muchos de estos menús suspenden en calidad dietética. Uno de cada tres menús del día de restaurantes no alcanzan un nivel bueno en calidad dietética porque no ofrecen la posibilidad de elegir verdura o ensalada, legumbres y pescado, convenientes en un menú que se atenga a los principios de la dieta equilibrada y saludable. También penalizó a los menús incluir alimentos proteicos y muy calóricos como primer plato y la ausencia de guarniciones variadas en los segundos platos y de fruta en el postre.
Por otro lado, en algunos países se está viviendo con absoluta normalidad la desaparición formal de los horarios de las comidas, mientras se extiende el llamado fenómeno SAD (acrónimo de ‘Stuck At Desk’, pegado a la mesa), que equivale a no salir del entorno laboral y almorzar en las mesas de trabajo. A esto se suma que las máquinas expendedoras están repletas de refrescos, patatas fritas, dulces o bollería industrial, y muchas reuniones ya no se contemplan sin este tipo de bollería para acompañar al café.
Por otro lado, en determinados sectores de actividad, como el de la construcción, está muy arraigada la costumbre de almorzar bocadillo de embutido o tortilla acompañado de vino, cerveza o refrescos, y café azucarado. La sobrecarga habitual de lípidos, sodio y azúcares para el organismo explica la mayor prevalencia de dislipemias, obesidad, hipertensión y diabetes en este sector de población activa.


Dieta preventiva
Ciertos tóxicos industriales, determinados patrones de conducta alimentaria, estrés y condiciones de trabajo mejorables se comportan en sí mismos como factores de riesgo que aceleran la aparición de enfermedades crónicas (cardiovasculares, obesidad, cáncer o diabetes, entre otras). El papel que juega la dieta en la salud es incuestionable.
Las últimas investigaciones se centran en el consumo suficiente de antioxidantes como vitaminas A, E y C, selenio y polifenoles. En esta línea de estudio se aboga por la inclusión en la dieta de alimentos ricos en antioxidantes, más abundantes en los vegetales de color vivo (cítricos, uvas negras, melocotones y albaricoques, ciruelas moradas, frutos secos, tomate, pimientos rojos, calabaza, remolacha y zanahoria). Acostumbrarse a llevar el almuerzo, la merienda e incluso la comida preparada de casa sigue siendo un hábito saludable y conveniente si la oferta alimentaria en el trabajo no es la adecuada.


Estos consejos dietéticos contribuyen a dar el primer paso a título individual, aunque no siempre es posible seguirlos y, lo más habitual, no durante todos los días de lunes a viernes. Se entiende por ello que la alimentación en el trabajo es una responsabilidad compartida y que la misma empresa debería apostar por la implementación de programas de nutrición con objetivos claves: facilitar el acceso a la comida sana a los trabajadores y promover el cambio de conductas insanas como el hábito alcohólico, el tabaquismo y el sedentarismo.
Desde la Organización Internacional del Trabajo (ILO, en sus siglas inglesas) se alienta a las empresas a poner en práctica diversas acciones saludables. Entre ellas se encuentran:
- Menús diarios en los comedores de empresa que incluyan alimentos de mejor calidad (alimentos frescos como frutas, verduras, pescado o ensaladas).
- Opciones más saludables a precios subvencionados.
- Regulación del contenido de las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas en el lugar de trabajo. Promoción de opciones saludables como zumos de fruta, frutos secos con cáscara, así como bocadillos vegetales, además del agua. Y fruta.
- Vales de comida para los trabajadores en los restaurantes que ofrecen menús más equilibrados.
- Oferta gratuita de frutas.


A nivel nacional e internacional algunas instituciones y empresas privadas han puesto en marcha iniciativas saludables para promover la salud por la alimentación y la actividad física en el ámbito laboral.



Extraido de: http://www.asteriscos.tv/; http://www.saludybelleza.org/

jueves, 2 de abril de 2009

NUEVO FALLO DE LA CORTE SUPREMA CONTRA UNA ART

Si no hay fiscalización al empleador, la responsabilidad de lo que ocurra, será de la ART

La Corte decidió que una aseguradora de riesgos de trabajo (ART) es plenamente responsable de todos los daños que haya sufrido el trabajador si, por su parte, omitió cumplir su deber de fiscalizar al empleador y las condiciones de seguridad laboral que brinda a sus empleados. En otras palabras, la aseguradora no podrá limitar su responsabilidad a lo pactado en el contrato de seguro, sino que deberá indemnizar al trabajador conforme a las normas del Código Civil.

La responsabilidad plena recae sobre la aseguradora, sólo si ésta omitió fiscalizar las condiciones de seguridad laboral.

El caso

Un trabajador falleció en el lugar de trabajo, como consecuencia de un incendio y sus padres obtuvieron una plena indemnización de daños y perjuicios. Según la mayoría del alto tribunal, la ley de riesgos de trabajo 24.557, tuvo por objeto principal reducir la siniestralidad laboral a través de la "prevención" de los riesgos derivados del trabajo, lo cual es un mandato del artículo 14 bis de la Constitución nacional, donde se recepta el principio protectorio.
El fallo hace hincapié en que la ley estableció sobre las aseguradoras obligaciones de control, promoción, asesoramiento, asistencia, planeamiento, programación, vigilancia y visitas a los lugares de trabajo y sólo cuando se cumplen esas obligaciones las aseguradoras son vehículos útiles para prevenir los riesgos del trabajo.
Por eso, las ART tienen un deber de conducta que por un lado las obliga a tener un acabado conocimiento de la específica realidad del ámbito laboral asegurado y, por el otro, deben realizar actividades concretas de prevención e, incluso, denunciar a las empresas que no cumplen con las condiciones de seguridad laboral. La salud no sólo interesa al individuo sino que también es un bien público. Para el criterio de la mayoría, el hecho de que las aseguradoras no puedan obligar a las empresas aseguradas a cumplir determinadas normas de seguridad, ni impedir a que éstas ejecuten sus trabajos por no alcanzar ciertas condiciones de seguridad, no debe hacer olvidar que una de sus funciones es la de prevenir los incumplimientos, para que éstos puedan evitarse.

Extraído de LA NACION, 1° de Abril, 2009.